Judiciales

Revocan el sobreseimiento del conductor acusado por la muerte de Victoria Prada y la causa seguirá en otro juzgado

La Cámara de Apelaciones resolvió revocar el sobreseimiento de José Luis Parada, el automovilista acusado de atropellar y provocar la muerte de Victoria Abril Prada, una joven de 20 años que había quedado detenida sobre la avenida San Martín tras sufrir un desperfecto mecánico con su motocicleta.

La decisión deja sin efecto la resolución dictada días atrás por la jueza de instrucción Cecilia Cataldo, quien había considerado que el siniestro fue un hecho “inevitable” debido a las condiciones de escasa visibilidad existentes en el lugar.

El hecho ocurrió en marzo de 2024 sobre la avenida San Martín, en el sector comprendido entre los barrios San Martín Norte y Chacra IV. Según la investigación, Victoria Prada y un adolescente de 16 años permanecían junto a una motocicleta detenida sobre la calzada luego de una falla mecánica, en una zona que por entonces carecía de iluminación pública.

Minutos después, ambos fueron embestidos por un Peugeot conducido por Parada. Como consecuencia del impacto, la joven sufrió heridas de extrema gravedad y falleció al día siguiente.

Tras el sobreseimiento dictado en primera instancia, los abogados de la familia de la víctima, Francisco Giménez y Omar Vargas Chávez, apelaron la medida al considerar que el conductor debía haber adecuado su conducción a las condiciones de oscuridad existentes en el sector.

Los camaristas Julián de Martino y Federico Vilella coincidieron con ese planteo y entendieron que, más allá de que el vehículo circulaba a una velocidad inferior al límite permitido para la zona, las circunstancias exigían extremar las precauciones y reducir la velocidad de manera acorde a la visibilidad disponible.

En ese sentido, los jueces valoraron además testimonios de otras conductoras que declararon haber advertido la presencia de la motocicleta y de las personas detenidas sobre la calzada, logrando evitar una colisión.

Para la Cámara, el resultado fatal no puede considerarse inevitable y existen elementos que justifican continuar analizando una eventual responsabilidad penal del conductor. También remarcaron que la situación de riesgo en la que se encontraban las víctimas no excluye automáticamente la posible responsabilidad de quien protagonizó el impacto.

Como consecuencia de esta resolución, el expediente será remitido nuevamente al Juzgado de Instrucción N° 3, donde otro magistrado deberá evaluar la situación procesal de Parada. La Cámara dispuso además apartar a la jueza Cecilia Cataldo del caso al considerar que ya había emitido una valoración de fondo al dictar el sobreseimiento.

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