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Löffler rechazó la recusación en su contra en la causa por la elección de constituyentes

El juez del Superior Tribunal de Justicia, Ernesto Adrián Löffler, solicitó el rechazo in limine por manifiesta extemporaneidad de la recusación presentada en su contra por el Fiscal de Estado subrogante, Antonio César Petkos, en el marco de la causa “Lechman, Jorge Andrés c/ Provincia de Tierra del Fuego s/ Acción meramente declarativa” (Expediente N.º 4646).

Petkos había argumentado que Löffler debía apartarse por supuestas manifestaciones públicas realizadas en 2023, que demostrarían una postura contraria a la reforma constitucional. Para ello citó opiniones vertidas por el magistrado en entrevistas radiales y durante la presentación de su libro “Constitución Fueguina comentada”, en las que expresaba una posición doctrinaria crítica hacia los procesos de reforma constitucional en contextos de crisis.

Opiniones doctrinarias y fuera de contexto

Löffler respondió que sus declaraciones fueron de carácter general, didácticas y previas a la sanción de la ley de necesidad de reforma constitucional, por lo tanto, no aplicables al caso en cuestión. Además, sostuvo que no se refirió específicamente a la Constitución de Tierra del Fuego ni a causas concretas, por lo que no puede atribuirse prejuzgamiento.

En su escrito, el magistrado señaló que la recusación de Petkos fue presentada fuera de los plazos procesales que establece el artículo 29 del Código Procesal Civil y Comercial de la provincia, el cual prevé cinco días hábiles para interponer la recusación desde que se conoce la causal. Asimismo, observó que la integración del tribunal había sido consentida por la parte recusante tras las declaraciones señaladas.

Argumentos infundados y sin sustento probatorio

Löffler también rechazó la otra causal esgrimida por Petkos —presunta “enemistad manifiesta”—, al considerar que se basa en apreciaciones subjetivas sin respaldo fáctico ni jurídico. “Que una parte considere que una determinada decisión no le sea favorable, no implica bajo ningún punto de vista enemistad”, afirmó el juez, y calificó la interpretación del Fiscal como “absurda”.

Citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el magistrado indicó que la recusación por prejuzgamiento requiere que el juez haya emitido opinión anticipada sobre un caso en trámite, cosa que no ocurrió en este caso.

Finalmente, sostuvo que no existió demora atribuible a su persona en el tratamiento del expediente, sino que el curso de la causa ha estado condicionado por complejidades procesales y hechos ajenos a su intervención, como la apertura de una causa penal relacionada.

Un trasfondo de disputa institucional

La recusación de Petkos se da en el marco de una fuerte controversia institucional dentro del Poder Judicial fueguino. Cabe recordar que el Fiscal de Estado titular, Dr. Virgilio Martínez de Sucre, y varios funcionarios del área se excusaron de intervenir en la causa, motivo por el cual el gobernador Gustavo Melella designó mediante decreto al abogado Petkos como Fiscal de Estado subrogante.

El juez Löffler concluyó su presentación reafirmando que la recusación debe ser rechazada sin más trámite, conforme lo dispone el artículo 32 del CPCCLRyM, y sostuvo que no existe causal legal ni fáctica que justifique su apartamiento del caso.

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