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Industria fueguina: habilitan cambios en proyectos de inversión tras eliminar aportes obligatorios

El Gobierno nacional reglamentó el mecanismo que permitirá a las empresas radicadas en Tierra del Fuego modificar los proyectos de inversión comprometidos en el marco del régimen de promoción industrial, luego de la eliminación de los aportes obligatorios al Fondo para la Ampliación de la Matriz Productiva Fueguina (FAMP-Fueguina).

La medida quedó establecida mediante la Resolución 152/2026 de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La normativa surge tras la decisión adoptada a comienzos de este año de reducir a cero los aportes mensuales que las empresas beneficiarias del subrégimen industrial debían realizar al FAMP-Fueguina, un fondo creado en 2021 para financiar proyectos de inversión destinados a diversificar la matriz productiva de la provincia.

Según explicó el Gobierno, los cambios en las condiciones tributarias y arancelarias que afectaron la competitividad del sector hicieron necesaria una revisión del esquema de financiamiento y, en consecuencia, de los compromisos de inversión asumidos por las empresas.

A partir de esta resolución, las firmas podrán solicitar modificaciones en los montos de inversión y en los plazos de ejecución de los proyectos que ya habían sido aprobados. Las presentaciones deberán realizarse dentro de los 30 días hábiles contados desde la entrada en vigencia de la medida, es decir, desde el 26 de junio de 2026.

La normativa establece además que los proyectos productivos no podrán superar los 48 meses de ejecución desde la fecha de aprobación original y que cualquier modificación deberá mantener el objetivo central de ampliar la matriz productiva fueguina y fortalecer la competitividad de la provincia.

El texto también aclara que las empresas que no presenten una propuesta de adecuación dentro del plazo establecido, o cuya solicitud sea rechazada, deberán cumplir con los compromisos originalmente asumidos.

Asimismo, se determinó que los fondos retenidos para inversiones que no sean ejecutadas en los plazos previstos deberán ser reintegrados al FAMP-Fueguina junto con los intereses correspondientes, calculados de acuerdo con la tasa activa del Banco Nación.

La resolución fue firmada por el secretario de Coordinación de Producción, Pablo Lavigne, y busca otorgar mayor flexibilidad financiera a las empresas industriales sin resignar las inversiones comprometidas para el desarrollo económico de Tierra del Fuego.

El régimen de promoción industrial fueguino, establecido por la Ley Nº 19.640, tiene como objetivo fortalecer el desarrollo productivo y la presencia argentina en el extremo sur del país mediante beneficios fiscales y aduaneros especiales. Su vigencia fue extendida hasta el 31 de diciembre de 2038.

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