Ushuaia: las estaciones de servicio no podrán vender combustible a motos sin casco o sin patente visible
El Municipio de Ushuaia promulgó la Ordenanza Municipal N.º 6628, que prohíbe a las estaciones de servicio vender combustible a motocicletas cuyos conductores o acompañantes no utilicen casco reglamentario o cuyos vehículos circulen sin la chapa patente colocada de forma visible y reglamentaria.

La normativa quedó oficializada mediante el Decreto Municipal N.º 1438/2026, publicado este viernes en el Boletín Municipal, y pone en vigencia el proyecto aprobado por el Concejo Deliberante durante la sesión del pasado 2 de julio.
De acuerdo con la ordenanza, todas las estaciones de servicio ubicadas dentro del ejido urbano deberán negar el expendio de combustible cuando se detecte cualquiera de estas irregularidades: la falta de casco del conductor o acompañante, o la ausencia de la patente colocada correctamente.
Multas para las estaciones de servicio
La normativa también establece sanciones para los comercios que incumplan la prohibición. Las estaciones de servicio que expendan combustible en esas condiciones podrán ser sancionadas con una multa equivalente a 200 Unidades Fijas Administrativas (UFA).
Desde el Ejecutivo municipal indicaron que, antes de su promulgación, la ordenanza fue analizada por la Secretaría de Jefatura de Gabinete y contó con el dictamen del Servicio Jurídico Permanente.
Con la entrada en vigencia de esta disposición, tanto las estaciones de servicio como los usuarios de motocicletas deberán cumplir con las nuevas exigencias, que buscan reforzar el uso del casco y la correcta identificación de los vehículos que circulan por la ciudad.

