El Ministerio de Salud de Tierra del Fuego modificó el sistema de facturación aplicado a extranjeros que no cuentan con residencia permanente en la Argentina. Desde el 15 de septiembre, las prestaciones brindadas en hospitales y centros públicos tendrán valores previamente establecidos en dólares.
La actualización no crea un nuevo cobro, ya que la Resolución 580/2026, vigente desde el 1° de mayo, contemplaba el pago por parte de personas no residentes, seguros de asistencia al viajero y entidades similares. La diferencia es que los costos dejarán de calcularse individualmente y pasarán a regirse por un nomenclador uniforme.
Los aranceles comienzan en U$S 22 para prácticas sencillas, mientras que una consulta tendrá un valor de U$S 115. En el caso de procedimientos de alta complejidad, la facturación podrá aproximarse a los U$S 10.000. El pago deberá efectuarse en pesos argentinos, tomando la cotización vendedora del Banco Nación correspondiente al cierre de la jornada anterior.
La nueva resolución amplía el universo alcanzado al reemplazar la expresión “no residentes” por “personas sin residencia permanente”. De esta manera, además de turistas, podrían quedar comprendidos extranjeros con residencia temporaria o precaria, en línea con los cambios introducidos en la Ley Nacional de Migraciones mediante el DNU 366/2025.
Desde la cartera sanitaria argumentaron que la medida busca recuperar parte de los gastos ocasionados por estas prestaciones, principalmente mediante la facturación a aseguradoras y compañías de asistencia al viajero. No obstante, aclararon que ninguna atención de urgencia o emergencia podrá ser rechazada o limitada por la situación migratoria del paciente.

