Salud actualizó las exigencias sanitarias para eventos masivos y endureció las multas por incumplimientos
El Ministerio de Salud de Tierra del Fuego modificó la normativa que regula la cobertura sanitaria en espectáculos públicos y actividades recreativas de gran concurrencia, ampliando los casos en los que será obligatoria la presencia de ambulancias de alta complejidad y actualizando el régimen de sanciones económicas para quienes incumplan la disposición.

La medida fue establecida mediante la Resolución SC 180/2026, que reemplaza aspectos de la reglamentación vigente desde 2019 y busca reforzar la prevención y la capacidad de respuesta ante emergencias en eventos masivos.
A partir de la nueva normativa, será obligatoria la presencia de una ambulancia de alta complejidad en todos los espectáculos que utilicen la vía pública y convoquen a más de mil personas. La exigencia también alcanzará a actividades extraordinarias con más de 500 asistentes y a aquellos eventos que, por sus características, representen un riesgo especial para participantes o espectadores.
Además, la resolución establece que deberán disponerse al menos dos ambulancias de alta complejidad en determinados escenarios considerados de mayor riesgo. Entre ellos se encuentran los eventos realizados fuera del ejido urbano, donde los tiempos de respuesta de los servicios de emergencia pueden verse afectados por la distancia.
La medida también incluye a los centros donde se desarrollan actividades deportivas y recreativas de montaña, especialmente aquellas vinculadas al esquí y otros deportes que impliquen ascensos mediante medios mecánicos y descensos en terrenos de gran desnivel.
En el caso de las competencias de automovilismo o motociclismo que se disputen en rutas provinciales o parajes, la autoridad sanitaria determinará la cantidad de ambulancias necesarias según las características y la extensión de cada prueba, independientemente de que haya o no presencia de público.
La resolución también precisa que se consideran espectáculos públicos aquellos eventos artísticos, culturales, deportivos o bailables abiertos al público, mientras que las actividades recreativas comprenden propuestas destinadas al ocio, el entretenimiento y el esparcimiento.
Junto con la actualización de las exigencias sanitarias, el Ministerio de Salud modificó el esquema de multas para los organizadores que no cumplan con la cobertura médica obligatoria. Desde la cartera señalaron que los montos establecidos en 2019 habían quedado desactualizados por el contexto inflacionario y ya no cumplían una función disuasoria.
Con estos cambios, el Gobierno provincial busca fortalecer las medidas de seguridad y garantizar una atención médica adecuada en eventos de gran convocatoria, especialmente en aquellos que presentan mayores riesgos para el público y los participantes.

