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Reforma política: los partidos deberán tener representación en diez provincias para mantener su personería

El Gobierno, liderado por Javier Milei, busca endurecer los requisitos para que los partidos políticos conserven su personería jurídica, a través de una reforma que planea debatirse durante las sesiones extraordinarias del Congreso, convocadas entre el 6 y el 27 de diciembre. Según anunció el vocero presidencial Manuel Adorni, además de la reforma política y electoral, se tratarán otras iniciativas como el Juicio en Ausencia, la Ley de Mafias y cambios en la Ley de Fueros.

Principales cambios de la reforma política:

  • Representación mínima: Los partidos políticos deberán estar constituidos en al menos 10 distritos (antes eran 5) para ser reconocidos como partidos nacionales.
  • Afiliados: A nivel nacional, el total de afiliados de los distritos deberá representar el 1 por mil del total de inscriptos en el Registro Nacional de Electores.
  • Requisitos distritales: Cada agrupación política deberá contar con un número de afiliados no inferior al 5 por mil del total de inscriptos en el Registro de Electores de su distrito. El tope máximo para calcular afiliaciones será de 2 millones de ciudadanos.
  • Elecciones internas: Una vez alcanzado el número requerido de afiliados, las agrupaciones deberán realizar elecciones internas en un plazo de 90 días para constituir sus autoridades definitivas.
  • Publicación: La convocatoria a elecciones internas deberá publicarse en el sitio web del partido, un diario local y su versión digital.
  • Control y personería: Tras verificar la legalidad del proceso eleccionario, el juez federal otorgará la personería jurídico-política a la agrupación.

Alianzas y caducidad:

  • Conformación de alianzas: Los partidos podrán formar alianzas distritales o nacionales para presentar candidatos, debiendo registrar su acuerdo constitutivo, financiamiento y distribución de votos ante el juez federal con 70 días de anticipación.
  • Confederaciones: Las alianzas que deseen seguir funcionando tras las elecciones nacionales deberán conformar una confederación.
  • Causas de caducidad: La no realización de elecciones internas por cuatro años, la ausencia en dos comicios consecutivos y no alcanzar el 3% de los votos son causales de caducidad. Para los partidos que compitieron en alianzas, el porcentaje se calculará según lo acordado.

Plazos de adaptación:

  • Los partidos con personería vigente tendrán tiempo hasta el 30 de junio de 2026 para cumplir con los nuevos requisitos.
  • Las agrupaciones políticas deberán adecuar sus Cartas Orgánicas y Reglamentos en un plazo de 180 días tras la entrada en vigencia de la ley.

El debate sobre esta reforma promete generar intensas discusiones en el ámbito político, dado el impacto significativo que podría tener en la configuración partidaria del país.

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