Quedó firme una condena por el abuso cometido a dos jóvenes que estaban alcoholizadas
Condena Confirmada en Caso de Abuso Sexual en Estado de Ebriedad
En un fallo reciente, el Superior Tribunal de Justicia ratificó la sentencia de 3 años de prisión en suspenso para David Alejandro Ciares, encontrado culpable de dos incidentes de abuso sexual simple. Los hechos ocurrieron cuando las víctimas, dos jóvenes en estado de ebriedad, no pudieron consentir a las acciones de Ciares.
Detalles de la Sentencia y Procedimientos Judiciales
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia, el pasado 12 de marzo de 2024, había emitido la condena inicial contra Ciares, quien es hermano de Ariel Normando Ciares, director del Servicio Penitenciario de la Provincia. La condena fue impuesta en una sesión de Omisión de Debate, evitando así un juicio oral. Además de la pena de prisión suspendida, se impusieron estrictas condiciones de conducta a Ciares, incluyendo la prohibición de consumir drogas y alcohol y la restricción de acercarse a las víctimas.
Aprovechamiento del Estado de las Víctimas
Los jueces destacaron en su decisión que Ciares aprovechó la condición de embriaguez de las jóvenes, quienes se encontraban dormidas, para manosearlas. La sentencia resalta la incapacidad de las víctimas para consentir libremente debido a su intoxicación alcohólica.
Argumentos de la Defensa y Respuesta Judicial
La defensa de Ciares argumentó que su propio estado de embriaguez debería considerarse para atenuar la condena, una postura que fue rechazada en los votos de los jueces Carlos Gonzalo Sagastume y Ernesto Löffler. Ambos jueces enfatizaron que la embriaguez no excusa el comportamiento delictivo y que no se puede considerar consentimiento válido bajo efectos del alcohol o drogas.
Conclusiones del Tribunal Superior
El Superior Tribunal, al desestimar el recurso de casación presentado por la defensa, concluyó que los hechos quedaron demostrados y que la embriaguez de Ciares no lo exime de responsabilidad. Esta decisión subraya la importancia de la responsabilidad individual y el respeto al consentimiento en situaciones de vulnerabilidad.
