Proponen que una familia de tránsito pueda adoptar a un niño si lleva más de un año bajo su cuidado

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La iniciativa fue presentada en la Cámara de Diputados por Nicolás Massot. Busca que los jueces consideren especialmente el vínculo afectivo construido durante una convivencia prolongada, sin otorgar una adopción automática.

Un proyecto de ley presentado en la Cámara de Diputados propone modificar el sistema de adopción para que, cuando un niño, niña o adolescente lleve más de 365 días bajo el cuidado de una misma familia de tránsito, el juez deba considerar especialmente el vínculo afectivo construido con ese hogar al momento de definir su futuro.

La iniciativa, presentada por el diputado nacional Nicolás Massot, parte de una realidad que atraviesa a muchos niños que ingresan al sistema de acogimiento: una medida pensada originalmente como transitoria puede extenderse durante meses o incluso años. En ese tiempo, los niños generan vínculos profundos y la familia de tránsito puede convertirse en su principal referencia afectiva y de cuidado.

“El paso del tiempo no puede otorgar automáticamente a un adulto el derecho a adoptar, pero tampoco puede ser indiferente en la vida de un niño”, sostuvo Massot.

El vínculo afectivo, en el centro de la decisión

El proyecto establece que, superados los 365 días de convivencia, el magistrado deberá analizar especialmente la duración y calidad de la relación, la estabilidad del hogar, la continuidad de los cuidados y las consecuencias que podría generar una separación.

También deberá ser escuchada la opinión del niño, niña o adolescente de acuerdo con su edad y grado de madurez.

La propuesta no concede automáticamente la adopción a la familia de tránsito. Si sus integrantes desean adoptar, deberán manifestar expresamente su voluntad, atravesar una evaluación integral de idoneidad e incorporarse al registro de adoptantes.

La decisión final continuará correspondiendo al juez y deberá estar guiada por el interés superior del niño.

Evitar que el acogimiento se convierta en una vía para adoptar

Actualmente, el acogimiento familiar tiene carácter temporal y no genera por sí mismo un derecho a adoptar. Esta regla busca impedir que alguien se presente como familia de tránsito con la intención de eludir el procedimiento legal de adopción y obtener una ventaja frente a quienes se encuentran inscriptos en el registro.

El proyecto mantiene esa protección, pero plantea que tampoco debe ignorarse un vínculo afectivo que se haya consolidado legítimamente durante una convivencia prolongada.

Por eso, la iniciativa excluye expresamente situaciones originadas en entregas directas, maniobras destinadas a saltear el registro u otros hechos ilícitos.

Una nueva figura: el “referente afectivo”

La propuesta incorpora además la figura del “referente afectivo”: una persona que, sin tener parentesco con el niño, haya construido con él una relación significativa, estable y protectora.

Si esa persona manifiesta su voluntad de adoptar, también podrá ser evaluada e incorporada al registro correspondiente.

El proyecto contempla, además, que cuando un niño sea finalmente integrado a otra familia adoptiva, pueda mantener el contacto con su familia de acogimiento, siempre que esa continuidad resulte beneficiosa para él.

La intención es evitar que la llegada a una nueva familia implique necesariamente la ruptura abrupta de todos los vínculos construidos previamente.

Más acompañamiento durante el proceso de adopción

La iniciativa también plantea una serie de modificaciones destinadas a acompañar a las familias durante el proceso de integración.

Entre ellas propone:

Una licencia laboral de hasta 30 días durante la etapa de vinculación.
Una licencia de 90 días desde el otorgamiento de la guarda, con extensiones en situaciones particulares.
Una asignación mensual durante el proceso de integración adoptiva.
Acompañamiento psicológico, social y jurídico antes y después de la adopción.
Capacitación obligatoria para los aspirantes.
Mayores controles sobre las demoras administrativas y judiciales.
Continuidad de las prestaciones sociales y sanitarias cuando el niño cambia de persona responsable de su cuidado.

La propuesta busca así poner el foco en una cuestión central: las decisiones del sistema de protección y adopción deben contemplar no solamente los procedimientos legales, sino también los vínculos que los niños construyen durante su infancia.

“Cuando la permanencia en la familia de origen resulta posible, el Estado debe hacer lo necesario para sostenerla. Cuando no lo es, debe procurar una solución familiar alternativa sin demoras injustificadas”, sostuvo Massot.

El objetivo, según el proyecto, es que cuando la adopción sea finalmente la respuesta adecuada, el niño pueda integrarse a una familia de manera estable, acompañada y protegida, evitando que las demoras institucionales terminen profundizando situaciones de incertidumbre.