El nuevo Régimen Penal Juvenil comenzará a regir el 5 de septiembre y reemplazará la normativa vigente desde 1980. La Ley 27.801 establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 y 17 años, con penas alternativas, medidas de seguimiento y privación de la libertad para los casos de mayor gravedad.

A partir del 5 de septiembre comenzará a regir en Argentina un nuevo Régimen Penal Juvenil. La Ley 27.801 establece que los adolescentes podrán quedar comprendidos en un régimen de responsabilidad penal desde los 14 años, siempre que sean imputados por un delito.
La norma reemplaza la Ley 22.278 y plantea un esquema diferenciado del régimen penal de adultos. La respuesta judicial deberá contemplar la gravedad del delito, la edad del adolescente, sus antecedentes y las posibilidades de educación, resocialización e integración social.
No todos los delitos tendrán como consecuencia una prisión
Uno de los principales cambios es que la nueva legislación contempla distintas alternativas a la privación de la libertad.
Entre las penas previstas aparecen la amonestación, la prohibición de acercamiento o contacto con determinadas personas, la prohibición de conducir, la prohibición de concurrir a determinados lugares, la prohibición de salir del país o de un ámbito territorial determinado, los trabajos comunitarios, el monitoreo electrónico y la reparación integral del daño.
La ley también establece medidas complementarias vinculadas con la educación, la capacitación laboral, la formación ciudadana, las actividades deportivas y culturales y, cuando corresponda, tratamientos médicos o psicológicos.
¿Cuándo puede haber prisión?
La privación de la libertad queda reservada dentro del régimen como una de las posibles penas y puede cumplirse bajo distintas modalidades: en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención.
La decisión debe ser tomada por un juez o tribunal mediante una resolución fundada, indicando los motivos y el lugar donde deberá cumplirse la medida.
Además, la ley establece que los adolescentes privados de su libertad deberán permanecer separados de las personas adultas y alojados en establecimientos preparados específicamente para jóvenes en conflicto con la ley penal.
El límite máximo: 15 años
Uno de los puntos centrales de la nueva normativa está establecido en el artículo 19.
La ley prohíbe expresamente la prisión y la reclusión perpetua para quienes hayan cometido el delito siendo adolescentes y fija en 15 años el máximo de las penas privativas de libertad.
Incluso cuando la escala penal correspondiente al delito o a varios delitos sea superior, el régimen establece ese límite máximo para las personas adolescentes alcanzadas por la ley.
Además, una vez cumplidos dos tercios de la pena, el tribunal podrá disponer que el tiempo restante se cumpla mediante otras penas previstas por el régimen, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la propia norma.
¿Qué ocurre con delitos de menor gravedad?
La ley incorpora mecanismos que pueden evitar que un adolescente llegue a una condena de prisión en determinados casos.
Uno de ellos es el criterio de oportunidad, mediante el cual el fiscal puede prescindir total o parcialmente de la acción penal cuando el delito tenga una pena máxima de hasta seis años y se cumplan determinadas condiciones.
También se incorpora la mediación penal juvenil, que puede solicitarse antes de la sentencia para determinados delitos. El procedimiento es confidencial y voluntario, y el consentimiento de la víctima resulta indispensable.
Otra alternativa es la suspensión del proceso a prueba, prevista para casos en los que el delito tenga un mínimo de pena que no supere los tres años y se cumplan los requisitos establecidos por la ley.
El Estado deberá realizar un seguimiento
El nuevo régimen no se limita a establecer penas. También crea un sistema de supervisión.
Una vez determinadas las medidas o sanciones, el juez deberá designar un supervisor especializado, encargado de realizar el seguimiento del adolescente, mantener entrevistas periódicas, elaborar informes y trabajar junto con otros profesionales.
La ley establece que estos supervisores deberán contar con formación en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, adicciones o trabajo social.
También se refuerzan los derechos de las víctimas
La Ley 27.801 establece que jueces y fiscales deberán garantizar la protección permanente de los derechos de las víctimas.
Entre otras cuestiones, las víctimas podrán acceder a asistencia especializada, recibir patrocinio jurídico gratuito cuando no puedan solventarlo y participar, si así lo desean, en instancias de mediación con el adolescente imputado.
Jueces y fiscales deberán estar especializados
Otro de los cambios previstos por la nueva normativa es la exigencia de especialización en materia penal juvenil.
Los jueces, fiscales, defensores y demás funcionarios que intervengan en estos procesos deberán contar con capacitación específica para trabajar con adolescentes en conflicto con la ley penal.
También se establece que quienes trabajen en los institutos especializados de detención deberán tener capacitación específica y no podrán intervenir en el tratamiento de personas adultas privadas de su libertad.
¿Qué cambia a partir del 5 de septiembre?
En términos generales, la nueva ley modifica de manera profunda el régimen que regía hasta ahora.
Desde su entrada en vigencia, los adolescentes de 14, 15, 16 y 17 años que sean imputados por delitos quedarán alcanzados por un sistema penal juvenil específico.
La respuesta judicial no será idéntica para todos los casos: la ley contempla desde medidas educativas, reparación del daño y trabajos comunitarios hasta distintas formas de privación de la libertad.
El criterio central será la combinación entre responsabilidad por el delito, gravedad del hecho, protección de la víctima, seguridad pública y posibilidades de educación, resocialización e integración social.
La implementación, sin embargo, requerirá que las distintas jurisdicciones adecuen sus procedimientos y cuenten con los recursos humanos e institucionales necesarios para aplicar el nuevo régimen.

