El Superior Tribunal de Justicia de Tierra del Fuego rechazó por unanimidad una medida cautelar presentada por Jorge Luna Maturano contra la Ordenanza Municipal 4892/2026, que establece las condiciones para el funcionamiento de plataformas de transporte como Uber y DiDi en Río Grande. Los cinco magistrados consideraron que no existían fundamentos suficientes para suspender la aplicación de la normativa.
La ordenanza establece un cupo máximo de 800 vehículos habilitados y exige a los conductores residencia en Río Grande, licencia profesional categoría D1, capacitación municipal, libre deuda de patente, radicación local del automóvil, seguro correspondiente e identificación mediante código QR. También obliga a las plataformas digitales a contar con domicilio legal en la ciudad.
En su resolución, los jueces señalaron que el demandante no logró demostrar que los requisitos fueran imposibles de cumplir ni que hubiera sufrido un perjuicio irreparable. Además, destacaron que la normativa contempla un plazo de 60 días para regularizar la situación de los conductores y que no se acreditó el rechazo de una solicitud de inscripción.
De esta manera, la Ordenanza 4892 continuará vigente y el Municipio podrá exigir su cumplimiento. Sin embargo, el fallo no resuelve definitivamente la constitucionalidad de la regulación, cuestión que todavía deberá ser analizada por la Justicia.

