Salud

La Justicia ratificó que OSEF debe cubrir íntegramente un tratamiento de fertilidad fuera de la provincia

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La Cámara de Apelaciones de Ushuaia confirmó una sentencia que obliga a la Obra Social del Estado Fueguino (OSEF) a brindar cobertura integral a una afiliada que deberá realizar un tratamiento de reproducción humana asistida en la Ciudad de Buenos Aires, incluyendo los gastos de traslado, estadía, terapias de apoyo y la eventual criopreservación de embriones.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los jueces Aníbal Gerardo Acosta, Alejandro Sergio Manuel Fernández y Daniel Alejandro Sacks, quienes rechazaron el recurso presentado por la obra social.

OSEF había sostenido que la Ley Nacional 26.862 solo la obliga a financiar las prestaciones médicas y no los gastos de logística, alojamiento o alimentación, al considerar que esos conceptos no forman parte de una prestación sanitaria. Además, advirtió que asumir esos costos implicaría una carga económica que podría afectar el equilibrio financiero del sistema.

Sin embargo, la Cámara desestimó esos planteos. En su voto, el juez Sacks recordó que Tierra del Fuego adhirió a la Ley Nacional de Reproducción Médicamente Asistida mediante la Ley Provincial 1251, que obliga a OSEF a garantizar la cobertura prevista por la normativa nacional.

El tribunal remarcó que la legislación garantiza una cobertura integral e interdisciplinaria, que incluye todas las prestaciones necesarias para concretar el tratamiento sin restricciones que limiten el acceso al derecho a la salud.

Los magistrados también señalaron que, si la propia obra social deriva a la paciente a otra ciudad para realizar el procedimiento, no puede desligarse de los gastos indispensables para hacerlo posible. En ese sentido, consideraron que el traslado y la estadía son condiciones esenciales para acceder al tratamiento y no simples gastos accesorios.

Con este fallo, la Cámara reafirmó que la cobertura integral de los tratamientos de reproducción asistida comprende todas las prestaciones necesarias para garantizar un acceso efectivo y en igualdad de condiciones al derecho a la salud.

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