La Justicia Electoral Nacional recordó que las elecciones del próximo 26 de octubre son de carácter obligatorio. Aquellos ciudadanos que no puedan asistir a emitir su voto deberán justificar la ausencia en un plazo de 60 días corridos a partir del día de la elección, a fin de evitar multas y sanciones.
Modalidad online
El trámite puede realizarse a través del sitio oficial https://infractores.padron.gob.ar/. Allí se debe completar con DNI, sexo y distrito (Tierra del Fuego) y adjuntar en formato PDF la constancia que acredite el motivo de la no emisión del voto.
Entre los motivos aceptados se encuentran:
- Cuestiones de salud: certificado médico con fecha cercana al día de la elección.
- Estar a más de 500 km: pasajes, constancia de cruce de frontera o constancia de alumno regular.
- Extravío de DNI: constancia de DNI en trámite o denuncia policial.
- Razones laborales: certificado expedido por el empleador.
- Familiar enfermo: certificado médico y documento que acredite la relación con esa persona.
Alternativa por correo electrónico
Quienes no puedan realizar el trámite en línea tendrán la posibilidad de enviar un correo electrónico a la casilla oficial de la Justicia Electoral. En este caso también deberán adjuntar en PDF la constancia correspondiente y el DNI escaneado de ambos lados.
Consecuencias de no justificar
En caso de no realizar el trámite dentro del plazo indicado, el elector será incorporado al Registro de Infractores y deberá abonar la multa establecida.

