El Tribunal de Cuentas advirtió que aún no se reglamentó la ley que creó el Servicio Provincial de Manejo del Fuego
El Tribunal de Cuentas de Tierra del Fuego informó a la Legislatura que la Ley Provincial N.º 1579, que creó el Servicio Provincial de Manejo del Fuego, continúa sin reglamentarse y que todavía no fue habilitada la cuenta bancaria específica prevista para administrar los recursos del organismo.

La comunicación fue enviada a la presidenta de la Legislatura, Mónica Urquiza, con copia a los presidentes de los bloques legislativos, y lleva las firmas de los vocales Miguel Longhitano y Hugo Pani.
Según detalló el organismo de control, el Ministerio de Producción y Ambiente informó que la reglamentación de la norma aún se encuentra en trámite. Como consecuencia, los artículos vinculados al financiamiento del servicio no pudieron implementarse plenamente, ya que tampoco fue abierta la cuenta especial contemplada por la legislación.
La Ley 1579, sancionada en diciembre de 2024, creó el Servicio Provincial de Manejo del Fuego como organismo responsable de la prevención y combate de incendios forestales y rurales, en el marco de la Ley Nacional de Manejo del Fuego.
La normativa también estableció la creación del Fondo Provincial de Manejo del Fuego, integrado por recursos provenientes del Presupuesto General de la Provincia, multas, aportes de leyes especiales, donaciones y transferencias previstas por la Ley Provincial N.º 211.
De acuerdo con el artículo 20 de la ley, esos fondos deben depositarse en una cuenta específica del Banco de Tierra del Fuego, denominada «Fondo Provincial de Manejo del Fuego», con afectación exclusiva para ese fin. Sin embargo, el Tribunal señaló que dicha cuenta aún no fue habilitada.
Además, recordó que el Poder Ejecutivo tenía un plazo de 180 días desde la promulgación de la norma para reglamentarla, período que venció a fines de septiembre de 2025.
Ante esta situación, el informe indica que las actividades del Servicio Provincial de Manejo del Fuego se financian actualmente mediante un sistema de anticipos con cargo a rendir, mecanismo utilizado para afrontar los gastos operativos mientras continúa pendiente la implementación del esquema financiero previsto por la ley.
El Tribunal precisó que la mayor parte de los recursos provienen de las partidas asignadas en el Presupuesto General de la Provincia, complementadas con ingresos por multas y aportes establecidos en la Ley Provincial N.º 211.
Finalmente, el organismo aclaró que su informe no cuestiona el funcionamiento operativo del Servicio Provincial de Manejo del Fuego, sino que expone el estado de cumplimiento de los mecanismos administrativos y financieros previstos por la Ley 1579, cuya implementación continúa demorada por la falta de reglamentación y de la cuenta bancaria específica.
