El Gobierno presentó el “Súper RIGI” para atraer inversiones millonarias en industrias tecnológicas
El Poder Ejecutivo Nacional presentó en el Congreso el proyecto de ley denominado “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”, conocido como Súper RIGI, una iniciativa orientada a atraer inversiones de gran escala en sectores tecnológicos considerados inexistentes o aún incipientes en la Argentina.

El nuevo esquema apunta específicamente a industrias de vanguardia como inteligencia artificial, biotecnología avanzada y producción de semiconductores, diferenciándose del RIGI incluido en la Ley 27.742.
Según el proyecto, cada iniciativa deberá contemplar una inversión mínima de 1.000 millones de dólares y ejecutar al menos el 20% de ese monto durante los primeros dos años.
Además, las empresas interesadas deberán constituir un Vehículo de Proyecto Único (VPU), con un objeto exclusivo y activos afectados únicamente a la actividad promovida por el régimen.
Uno de los puntos centrales establece que las provincias y municipios deberán adherir expresamente al esquema para que las compañías accedan a los beneficios nacionales. A su vez, las jurisdicciones deberán comprometerse a no crear nuevos tributos locales sobre las inversiones alcanzadas.
El proyecto contempla una serie de beneficios fiscales, aduaneros y cambiarios. En materia impositiva, fija una alícuota del 15% para el impuesto a las Ganancias e incorpora un régimen de amortización acelerada.
En relación a los dividendos, se establece una carga tributaria del 7%, que podrá reducirse al 3,5% luego de cuatro años de adhesión al régimen.
También se prevé la implementación de Certificados de Crédito Fiscal transferibles para cancelar el IVA facturado por proveedores vinculados a las inversiones.
En el plano aduanero, el Súper RIGI propone la exención total de derechos de importación para bienes de capital y la eliminación de derechos de exportación para los productos generados por los proyectos incluidos.
El esquema además habilita una libre disponibilidad progresiva de divisas provenientes de exportaciones: 20% durante el primer año, 40% el segundo y 100% a partir del tercero.
Asimismo, no habrá obligación de liquidar divisas correspondientes a aportes de capital o financiamiento externo.
En cuanto a las contribuciones patronales, el régimen fija una alícuota única del 10% para nuevas relaciones laborales generadas dentro de los proyectos alcanzados.
Otro de los aspectos destacados es que el proyecto garantiza estabilidad normativa por 30 años para todos los beneficios otorgados, además de habilitar mecanismos de arbitraje internacional ante eventuales conflictos con el Estado Nacional.
El plazo previsto para adherir al régimen será de cinco años, con posibilidad de prorrogarlo por uno más.
