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El Gobierno habilita la venta de vapeadores y crea un registro obligatorio para su control

El Gobierno nacional avanzó en la regulación de los vapeadores y otros productos de nicotina de nueva generación, al dejar atrás el esquema de prohibición vigente y establecer un sistema de registro, control y fiscalización para su comercialización en el país.

La medida fue oficializada por el Ministerio de Salud a través de la Resolución 549/2026, publicada en el Boletín Oficial, y busca fijar estándares mínimos de calidad y seguridad sanitaria para este tipo de dispositivos.

Desde el Ejecutivo explicaron que la decisión responde a que la prohibición no logró frenar el acceso ni el consumo, especialmente entre los más jóvenes. De acuerdo a datos recientes, el uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos alcanzó una prevalencia del 35,5% en adolescentes durante 2026, ubicándose entre las sustancias más consumidas en ese grupo.

El nuevo marco normativo incluye a cigarrillos electrónicos, dispositivos de tabaco calentado, líquidos para vapear y bolsas de nicotina dentro de la categoría de productos de tabaco, por lo que deberán cumplir con las disposiciones vigentes, como advertencias sanitarias en los envases y restricciones en su publicidad.

Además, se prohíbe el uso de diseños, mensajes o imágenes que resulten atractivos para niños y adolescentes, así como la utilización de celebridades o contenidos engañosos en su promoción.

En cuanto a los sabores, la normativa establece límites estrictos: solo estarán permitidos los productos con sabor a tabaco y, en el caso de las bolsas de nicotina, también mentol. A su vez, se prohíben los vapeadores descartables precargados, considerados especialmente atractivos para la iniciación en el consumo.

Como parte del esquema de control, se creó el Registro Nacional de Productos de Tabaco y Nicotina, donde deberán inscribirse todos los productos antes de su comercialización o importación. Aquellos que no estén registrados no podrán ingresar al mercado.

La normativa también impone requisitos técnicos y administrativos a fabricantes e importadores, quienes deberán presentar información detallada sobre la composición de los productos, estudios toxicológicos y datos sobre emisiones, además de reportar volúmenes de venta y características del consumo.

Las inscripciones tendrán una vigencia de cinco años y estarán sujetas a revisión, lo que permitirá al Estado ajustar las regulaciones en función de la evidencia disponible.

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