DestacadasNacionales

El Gobierno desregula el cabotaje marítimo y habilita a buques extranjeros a operar con matrícula argentina

A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional avanzó con la desregulación del mercado de cabotaje marítimo y fluvial, con el objetivo de reactivar la competitividad del sector, reducir costos logísticos y evitar el colapso de la Marina Mercante Nacional.

La normativa introduce una serie de reformas estructurales: permitirá que buques extranjeros operen con matrícula argentina, habilita a operadores nacionales a acogerse a banderas de conveniencia, flexibiliza la composición de las tripulaciones, amplía de 30 a 60 días el plazo para que buques internacionales realicen cabotaje, y elimina restricciones para la inscripción y reparación de buques.

En los considerandos, el Ejecutivo justificó la medida en la necesidad de “adaptar el sector naval argentino a los estándares de competitividad global” y evitar “el riesgo cierto de desaparición” de la Marina Mercante. “Con esta reforma normativa se busca impedir el agudizamiento de la crisis y generar un beneficio inmediato para la economía nacional, el sector armatorial y el comercio exterior”, afirmó.

Además, se declaró como servicio esencial la navegación por aguas marítimas y fluviales para el transporte comercial de personas, mercancías y cargas, incluyendo servicios costa afuera y actividades conexas.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, celebró la medida en redes sociales al destacar que “el DNU 340/25 rescata el espíritu constitucional”, citando el artículo 26 de la Constitución que garantiza la libre navegación de los ríos interiores para todas las banderas.

Entre los cambios más relevantes, Sturzenegger señaló:

  • Matrícula nacional para buques extranjeros: una embarcación de otro país, como una barcaza paraguaya, podrá operar como buque argentino.
  • Tripulaciones mixtas: deberán estar compuestas en un 75% por argentinos o residentes, aunque regidas por la legislación laboral del país de origen del buque.
  • Banderas de conveniencia: operadores locales podrán realizar cabotaje bajo banderas extranjeras.
  • Dotación libre: los armadores ya no necesitarán acuerdo sindical para definir tripulación, aunque seguirán existiendo dotaciones mínimas de seguridad a definir por la Prefectura.
  • Cabotaje ampliado: los buques internacionales podrán realizar tareas de cabotaje por un período de hasta 60 días.
  • Simplificación administrativa: se facilitará la inscripción y baja de buques y se eliminarán restricciones para talleres navales, permitiendo mayor competitividad en el mantenimiento y reparación.

Como ejemplo del impacto de esta medida, el ministro cuestionó que “hoy las mercaderías de Tierra del Fuego viajan al continente en camión”, y consideró que la nueva normativa permitirá revertir este tipo de ineficiencias.

El decreto forma parte del plan de liberalización económica que impulsa el Gobierno, con el objetivo de dinamizar sectores estratégicos, reducir trabas burocráticas y atraer inversión privada.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *