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Controversia por ley que permite inscribir con nombre y apellido a no nacidos en Tierra del Fuego

La Legislatura de Tierra del Fuego aprobó por unanimidad una ley que permite la inscripción con nombre y apellido de no nacidos fallecidos dentro del vientre materno, sin importar la edad gestacional ni la causa de muerte. La norma, impulsada por el legislador Pablo Villegas (Movimiento Popular Fueguino), generó fuertes críticas desde organizaciones feministas, que advirtieron que podría colisionar con la Ley Nacional de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y vulnerar derechos sexuales y reproductivos.

La iniciativa crea el Registro de Defunciones Fetales, donde podrán ser anotados los niños concebidos no nacidos, a solicitud de los padres o, en ciertos casos, de los abuelos. La inscripción, de carácter voluntario, deberá realizarse dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento.

Villegas defendió la norma como un “acto de humanidad” hacia los padres que atraviesan duelos perinatales. “Logramos que a los niños que no tienen la dicha de nacer con vida se les reconozca el derecho a la identidad con el nombre y apellido que soñaron sus padres. Lo hicimos para que nunca más los nombren como NN”, expresó en redes sociales. El legislador denominó a la norma “Ley Benicio”, en homenaje al caso de un bebé fallecido durante el parto en 2023.

Sin embargo, colectivos feministas como el Movimiento de Mujeres Paritaristas cuestionaron la falta de debate y de perspectiva de género en la elaboración de la ley. “Se vulneran los derechos sexuales y reproductivos. No se consultó a mujeres, personas gestantes ni a espacios como la Mesa de Parto Respetado”, expresó Betania Longui en diálogo con Radio Provincia, al tiempo que reclamó el veto parcial de la norma por parte del gobernador Gustavo Melella.

Longui señaló que si bien la intención puede ser acompañar duelos gestacionales, el modo elegido puede generar conflictos con definiciones ya establecidas en la Ley 27.610 (IVE) y en el Sistema Estadístico de Salud del Ministerio de Salud de la Nación, que define la defunción fetal como la muerte de un producto de la concepción, independientemente de la duración del embarazo.

Villegas negó que la norma interfiera con los derechos de la persona gestante: “El derecho al aborto no está en discusión. Esta ley habla del derecho de los padres a identificar a su hijo fallecido. Son cuestiones distintas”, aseguró, y agregó que “reconocer el derecho opcional a la identidad en un registro especial no modifica ninguna legislación nacional”.

El debate vuelve a poner en foco las tensiones entre legislaciones locales y nacionales en torno a la agenda de género, derechos reproductivos y el tratamiento de los duelos perinatales. Ahora la definición queda en manos del Ejecutivo provincial, que deberá resolver si promulga la ley tal como fue aprobada o atiende el pedido de veto parcial.

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