Judiciales

Condenado por abuso sexual infantil volvió a acceder a la prisión domiciliaria por cuestiones de salud

Alejandro Mario Gordillo Ojeda, condenado a 12 años de prisión en 2022, permanece bajo arresto domiciliario mientras finaliza controles médicos posteriores a una intervención quirúrgica.

Alejandro Mario Gordillo Ojeda, de 46 años, condenado en 2022 a 12 años de prisión por delitos de abuso sexual infantil, volvió a acceder al beneficio de la prisión domiciliaria por cuestiones de salud, según trascendió en los últimos días.

El hombre cumple condena por los delitos de “abuso sexual gravemente ultrajante”, “corrupción de menores agravada” y “suministro de imágenes pornográficas a un menor”, en relación a hechos ocurridos entre 2013 y 2015 en su consultorio odontológico. La víctima tenía entre 11 y 13 años al momento de los hechos.

Tras el juicio condenatorio también surgieron nuevas denuncias y otros casos que anteriormente habían sido archivados por la Justicia.

No es la primera vez que Gordillo Ojeda accede a este beneficio. Durante 2025 ya había obtenido prisión domiciliaria debido a una intervención médica relacionada con una hernia inguinal. En aquella oportunidad, familiares de víctimas lo filmaron cuando ingresaba a su domicilio.

En esta nueva ocasión, fue visto días atrás en la clínica CEMeP y posteriormente trascendió que nuevamente recibió autorización para permanecer fuera de la Unidad de Detención Nº1 debido a otra intervención quirúrgica que requeriría reposo domiciliario.

Según se informó, el condenado ya habría sido intervenido y actualmente atraviesa los últimos controles médicos, tras lo cual debería regresar a su lugar de detención.

Personas que presenciaron uno de sus traslados manifestaron preocupación debido a que habría circulado sin acompañamiento, cuando este tipo de movimientos bajo régimen domiciliario debería contar con custodia o supervisión del Patronato de Liberados.

Hasta el momento no trascendió oficialmente cuánto tiempo permanecerá bajo este nuevo beneficio. El período de prisión domiciliaria es contabilizado como parte del cumplimiento efectivo de la condena.

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