ARCA habilitó la recategorización del monotributo con nuevas escalas y cuotas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el proceso de recategorización del monotributo con los nuevos valores que regirán a partir del 1 de agosto. Los contribuyentes tendrán plazo hasta el 5 de agosto para revisar su situación y, si corresponde, modificar la categoría en la que se encuentran inscriptos.

La actualización contempla un incremento del 16,8% tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales, en línea con la inflación acumulada durante el primer semestre del año. Los nuevos importes comenzarán a aplicarse con el vencimiento previsto para el 20 de agosto.
Para determinar si corresponde un cambio de categoría, los monotributistas deberán evaluar los ingresos brutos, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica registrados durante los últimos 12 meses. Quienes mantengan los mismos parámetros que en la recategorización anterior no deberán realizar el trámite.
ARCA recordó además que puede efectuar recategorizaciones de oficio cuando detecte inconsistencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como gastos, compras o movimientos bancarios incompatibles con el nivel de ingresos informado.
El trámite se realiza de manera online ingresando al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal. Luego, se debe acceder al servicio «Monotributo», seleccionar la opción «Recategorizarme», verificar la información registrada, actualizar los datos si corresponde y confirmar el trámite. Una vez finalizado, el sistema permite descargar el formulario F.184 y la nueva credencial de pago.
Con la actualización, los nuevos topes de facturación anual quedaron establecidos en $12.009.410 para la categoría A; $17.595.182 para la B; $24.670.494 para la C; $30.628.651 para la D; $36.028.231 para la E; $45.151.659 para la F; $53.995.798 para la G; $81.924.660 para la H; $91.699.761 para la I; $105.012.519 para la J y $126.610.838 para la categoría K.
En cuanto a las cuotas mensuales, la categoría A pasará a pagar $49.527; la B, $56.379; la C, entre $64.530 y $66.020 según se trate de venta de bienes o prestación de servicios; la D, entre $82.564 y $84.612; la E, entre $108.267 y $119.811; la F, entre $129.930 y $150.784; la G, entre $158.815 y $230.312; la H, entre $317.895 y $522.706; la I, entre $474.992 y $963.747; la J, entre $580.793 y $1.167.299; y la K, entre $702.103 y $1.614.446, también según la actividad desarrollada.

