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ANMAT flexibiliza el ingreso de productos médicos de uso personal: ya no será necesaria la autorización previa

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) implementará un cambio significativo en el régimen de importación de productos médicos destinados a uso personal, con el objetivo de simplificar los trámites y agilizar el acceso a estos insumos por parte de los ciudadanos.

Según la resolución, publicada recientemente y enmarcada en las directivas del Ministerio de Salud, ya no será necesaria la autorización sanitaria previa de ANMAT para importar una serie de productos de baja complejidad, siempre que su destino sea exclusivo para uso personal y no para comercialización.

Entre los insumos alcanzados por la medida se encuentran sillas de ruedas manuales, bastones, muletas, andadores, tensiómetros, nebulizadores, estetoscopios, coderas, rodilleras, muñequeras, almohadillas eléctricas, bandas elásticas y cintas kinesiológicas, entre otros.

Hasta ahora, quienes deseaban importar estos productos debían cumplir con al menos dos trámites ante ANMAT, que incluían la presentación de información detallada sobre el artículo, como marca, modelo y país de origen. Con esta nueva disposición, bastará con cumplir los procedimientos habituales establecidos por la Dirección General de Aduanas, tal como ocurre con otros productos de uso particular.

Desde el organismo regulador se indicó que esta decisión busca redirigir los recursos del Estado hacia el control de tecnologías sanitarias más complejas, sin descuidar la seguridad y la eficacia de los insumos que ingresan al país.

Además, la ANMAT resolvió modificar el criterio de vencimiento mínimo de los productos médicos importados. A partir de ahora, se permitirá el ingreso de productos con una fecha de vencimiento no menor a seis meses, en lugar de los doce meses requeridos anteriormente. Esta medida también alcanza a artículos específicos como filtros para equipos de diálisis, que por su naturaleza tienen una vida útil reducida.

La nueva normativa deja sin efecto la Disposición N° 1655/1999 y responde a pedidos reiterados de distintos sectores vinculados a la fabricación, importación y comercialización de productos médicos, que reclamaban una adecuación normativa frente al contexto actual.

Las autoridades remarcaron que la responsabilidad por el uso de los insumos importados recaerá íntegramente en el comprador, quien deberá garantizar que su adquisición sea estrictamente para fines personales y no comerciales.

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