Homicidio ocurrido en el año 2000: la Justicia rechazó la prescripción y mantiene vigente una causa emblemática
A más de dos décadas de uno de los crímenes más conmocionantes ocurridos en Río Grande, la Justicia fueguina resolvió que la causa no se encuentra prescripta, marcando un nuevo capítulo en un expediente que atraviesa la historia judicial reciente de la provincia. El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Norte rechazó el pedido de prescripción presentado por la defensa de Ramón Ángel Abregú, detenido por el homicidio de su esposa, quien se encontraba embarazada de ocho meses al momento del hecho.

El crimen se remonta al año 2000, cuando la mujer fue asesinada en una clínica privada de la ciudad, en un contexto que desde un primer momento generó un fuerte impacto social y múltiples interrogantes. A lo largo de los años, la causa atravesó distintas instancias judiciales, demoras procesales y debates jurídicos en torno al paso del tiempo y la posibilidad de extinguir la acción penal por prescripción, una estrategia habitual en expedientes de larga data.
En la resolución conocida en las últimas horas, el Tribunal sostuvo que el análisis del caso debe realizarse desde una perspectiva de derechos humanos, incorporando los compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino, especialmente aquellos vinculados a la violencia contra la mujer, la protección de la vida y la obligación indelegable de garantizar el acceso a la justicia. En ese marco, los jueces consideraron que el transcurso del tiempo no puede convertirse en un obstáculo para la investigación y sanción de hechos de extrema gravedad.
El cuerpo judicial, integrado por Juan José Varela, Eduardo López y Verónica Marchisio, desestimó el planteo de la defensa y resolvió que la pena impuesta por los delitos de homicidio simple en concurso ideal con aborto, en concurso real con tenencia de arma de guerra sin la debida autorización legal, mantiene plena vigencia y no ha operado su prescripción.
La decisión se apoya en normas constitucionales, tratados internacionales y jurisprudencia nacional e internacional, reforzando un criterio que prioriza el derecho de las víctimas y de la sociedad a conocer la verdad y obtener justicia. En ese sentido, el fallo se inscribe en una tendencia judicial que busca evitar la impunidad en casos de violencia extrema, aun cuando hayan transcurrido muchos años desde los hechos.
Con este pronunciamiento, la causa vuelve a ocupar un lugar central en la agenda judicial y reabre el debate sobre la responsabilidad del Estado en la investigación de crímenes graves, el rol de la Justicia frente al paso del tiempo y la necesidad de sostener la memoria institucional en casos que marcaron profundamente a la comunidad.
