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El Tribunal de Cuentas insta al IPV a respetar los mecanismos de actualización previstos en los pliegos

Una reciente resolución del Tribunal de Cuentas de la Provincia volvió a poner bajo la lupa los procesos de actualización de precios en obras públicas. Mediante la Resolución Plenaria 194/2025, el organismo recomendó al Instituto Provincial de la Vivienda y Hábitat (IPV) que en futuras contrataciones se mantenga estrictamente lo fijado en los pliegos respecto a la metodología para recalcular valores.

La advertencia surge luego de que una empresa constructora reclamara el reconocimiento de diferencias entre el índice UVI (Unidad de Vivienda) —utilizado como parámetro contractual— y el ICTVE, que refleja el costo de la construcción de viviendas. La consulta fue elevada por la titular del IPV, Laura Montes, quien pidió al Tribunal un posicionamiento sobre la validez del pedido empresarial.

De acuerdo con el análisis técnico del Tribunal, el contrato firmado para la ejecución de la obra establece sin ambigüedades que cualquier redeterminación debe basarse en el sistema UVI. Ese criterio no sólo está detallado en el Pliego de Bases y Condiciones, sino también respaldado por normativa nacional y provincial: las leyes 27.271 y 27.397, el Decreto provincial 912/17 y la Ley provincial 141.

El informe jurídico del órgano de control fue categórico: reemplazar el índice pactado por otro indicador implicaría vulnerar principios esenciales de la contratación pública, como la igualdad entre oferentes y la seguridad jurídica del proceso administrativo. Según remarcaron, aceptar la modificación a pedido del contratista abriría la puerta a cambios arbitrarios de metodología dentro de una misma obra, generando inestabilidad y conflictos futuros.

En ese sentido, el dictamen recuerda que la Administración no puede habilitar alteraciones metodológicas “por conveniencia”, ya que ello afectaría el funcionamiento regular del sistema de contratación de obra pública y podría derivar en múltiples reclamos de características similares.

La resolución concluye instando al IPV a evitar estas situaciones en próximas licitaciones y a ceñirse, en todos los casos, al índice originalmente establecido como base de cálculo para redeterminar precios.

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