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El gobierno promulgó la ley de emergencia en discapacidad pero pospone su aplicación por falta de presupuesto

Aunque la Ley 27.793 fue oficialmente promulgada este lunes, su implementación quedará en suspenso hasta que el Congreso defina cómo financiarla. Así lo dispuso el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 681/2025, publicado en el Boletín Oficial, argumentando que no existen recursos asignados para cubrir los elevados costos que demandaría ponerla en marcha.

La norma, que establece la Emergencia Nacional en Discapacidad hasta diciembre de 2026, fue aprobada por ambas cámaras tras el rechazo del veto presidencial, lo que obligó al Gobierno a promulgarla conforme al artículo 83 de la Constitución Nacional. Sin embargo, desde la Jefatura de Gabinete ya se había anticipado que su ejecución quedaría supeditada a la definición de partidas específicas en el Presupuesto Nacional.

Según los cálculos oficiales, la puesta en marcha total de esta ley implicaría un gasto de más de 3 billones de pesos, lo que representa el 0,35% del Producto Bruto Interno. Este monto incluye la creación de nuevas pensiones, ampliación de coberturas médicas bajo el Programa Incluir Salud, y compensaciones económicas de emergencia para prestadores de servicios.

Desde el Gobierno explicaron que la Ley no cumplió con un requisito fundamental de la normativa presupuestaria vigente: indicar el origen de los fondos que se utilizarán para solventar las nuevas obligaciones. “La habilitación al jefe de Gabinete para reasignar partidas no es una fuente concreta ni suficiente”, detallaron en el decreto, citando la Ley de Administración Financiera (24.156) y otras normas complementarias.

En paralelo a la suspensión de la ley, el Ejecutivo dispuso un ajuste presupuestario parcial a través de la Decisión Administrativa 24/2025, para responder a los reclamos más urgentes del sector. A partir del 1° de octubre, se incrementarán los fondos destinados a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), con el objetivo de garantizar la continuidad del Sistema de Prestaciones Básicas.

Este refuerzo se financia a través de una redistribución interna: se redujeron partidas correspondientes a la Jurisdicción 91 – Obligaciones a cargo del Tesoro, para reasignar recursos a programas directamente vinculados con la atención de personas con discapacidad.

En su comunicado, el Gobierno insistió en que ampliar prestaciones sin previsión financiera pone en peligro la sustentabilidad del sistema en su conjunto. “Para cumplir plenamente con la Ley 27.793, sería necesario aumentar el presupuesto nacional, algo que solo el Congreso está habilitado a autorizar”, señaló el texto oficial.

Así, mientras el marco legal ya está vigente, su efectivización dependerá de futuras definiciones legislativas que establezcan cómo solventar el significativo costo fiscal que conlleva.

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